COVID-19 | ALGUNOS DE NUESTROS CONCESIONARIOS SE ENCUENTRAN CERRADOS, INFÓRMATE DE LOS SERVICIOS DISPONIBLES
SABER MÁSBases legales de Citroen Asistencia
- Se verán beneficiados gratuitamente todos los vehículos de la marca Citroën y DS que hayan sido comercializados por Citroën Chile S.A.C o su red de concesionarios en Chile.- Solo para vehículos de una antigüedad máxima de 8 años desde su año de fabricación indicada en el Permiso de Circulación.- El traslado de los vehículos en grúa será realizado o gestionado única y exclusivamente por la sociedad autorizada por Citroën Chile S.A.C.- El servicio estará disponible las 24 horas del día para trasladar vehículos de la marca Citroen o DS en caso de avería mecánica o accidente al taller autorizado de las marcas más cercano al lugar en que se encuentra inmovilizado, en todas las regiones de Chile, excepto en la XI Región del General Carlos Ibáñez del Campo, la XV Región de Arica y Parinacota y el denominado “Chile Insular”, a excepción de Isla grande de Chiloé.- La lista de servicios autorizados de las marcas se encuentra disponible en sus respectivas páginas web.- Para hacer uso del servicio deberá llamar al teléfono 800394000.- Al hacer uso del servicio el usuario debe identificarse como también debe identificar al vehículo indicando marca, número de chasis, patente, lugar donde se encuentre inmovilizado y origen de la avería.- En el caso que el remolque del vehículo sea en horario que el Taller Citroën o DS no se encuentre operativo, la grúa trasladará el vehículo a un bodegaje del servicio de Asistencia en Ruta o contratado por este, para ser trasladado al Taller Citroën o DS el día hábil siguiente o subsiguiente.- Este servicio consiste exclusivamente en el remolque del vehículo inmovilizado al taller autorizado de la marca más cercano. Por lo tanto se excluye expresamente del servicio el traslado del afectado o de cualquier pasajero del vehículo, reparación donde se encuentre el vehículo, servicios de hospedaje, arriendo de vehículos, asistencia médica, etc.- Los pinchazos o reventones de neumáticos y panne de combustible no están cubiertas por este servicio.
CONDICIONES GENERALES DE LA GARANTÍA CONTRACTUAL
El comprador se somete única y exclusivamente a los siguientes términos y condiciones de Garantía. Por el hecho de su suscripción, el comprador declara conocer expresamente los términos de los artículos 20 y 21 de la Ley 19.496, de Protección de los Derechos de los Consumidores.
LA GARANTIA (*):
1. Los vehículos nuevos CITROËN vendidos directamente por Citroën Chile S.A.C. en sus salas de venta, o a través de la Red de Concesionarios Oficiales de la marca en Chile, están garantizados por el fabricante contra posibles fallas redhibitorias, durante tres años o 100.000 Km, lo primero que se cumpla, contados desde la fecha de su entrega al cliente, siempre y cuando se cumplan las condiciones señaladas en el numeral siguiente.
2. La activación y vigencia de la garantía contractual está sujeta a las siguientes condiciones:
a) La suscripción del presente instrumento por el propietario del vehículo.
b) La realización de la primera revisión del vehículo adquirido en un taller o concesionario oficial de la marca. Dicha revisión debe realizarse durante la tercera semana de uso desde la compra del vehículo. Esta revisión valida la garantía del fabricante.
c) Es de la esencia de este contrato que, para mantener vigente la garantía contractual durante el plazo o kilometraje indicado en la cláusula anterior, el propietario deberá acreditar la realización de las revisiones de mantenimiento en un concesionario oficial de la red Citroën a lo largo del país, para los vehículos particulares VP (incluye Berlingo B9) deben efectuarse cada 10.000 km o un año, lo primero que se cumpla. Estos mantenimientos no pueden ser retrasados a más de 3.000 Km o 1 mes con respecto a lo indicado en la Guía de Mantenimiento del vehículo adquirido.
VP: Vehículo de Pasajeros (incluye Berlingo B9)
3. La garantía contractual se regirá exclusivamente por los siguientes términos y condiciones:
3.1 Los trabajos efectuados en régimen de garantía deberán ser siempre ejecutados por un Servicio Oficial CITROËN. En caso de duda sobre la autorización de un taller como Servicio Oficial Citroën, deberá consultarse previamente por el titular del vehículo a la casa vendedora, a cualquier Concesionario Citroën o a Citroën Chile S.A.C. en Santiago, Av. Bellavista 0790, Providencia. Un listado de todos los Servicios Oficiales Citroën puede ser consultado en http://www.citroen.cl
3.2 Las piezas que sean objeto de una petición de reparación o cambio en régimen de garantía, deberán ser enviadas a Citroën Chile S.A.C. para su revisión, por intermedio de un Servicio Oficial CITROËN.
3.3 La duración de la garantía es de tres años o 100.000 Km, lo primero que se cumpla, contados desde la fecha de entrega del vehículo al cliente. Cualesquiera que sean los trabajos realizados o las piezas reparadas o sustituidas en un vehículo en garantía, ésta expirará y no se prolongará más allá del plazo antes señalado. Cualquier actuación posterior realizada en beneficio de un vehículo con la garantía expirada, sólo podrá entenderse como una atención comercial absolutamente discrecional e independiente de la compra del vehículo nuevo o de los servicios de mantención y/o reparación prestados con anterioridad.
3.4 La garantía cubre únicamente el importe de los materiales y mano de obra necesarios para reparar o sustituir piezas o elementos defectuosos de fábrica. Por lo tanto, se excluyen expresamente de la garantía:
a) El mantenimiento ordinario del vehículo, los reglajes tales como alineaciones, balanceo, ajuste del tren delantero y revisiones periódicas, así como los artículos de consumo corriente, tales como los filtros de aceite, de aire, de combustible, de habitáculo, de partículas, Aditivo AdBlue y lubricantes.
b) La sustitución de piezas sometidas a un desgaste normal, que puedan variar en función de la utilización del vehículo tanto respecto de su frecuencia como del tipo de uso, de su kilometraje, de su entorno geográfico y climático, y cuya sustitución no sea consecuencia de una falla. Ello incluye, pero no se limita a la sustitución de las piezas siguientes: plaquetas de freno delanteras y traseras, zapatas traseras, discos de freno delanteros y traseros, tambores traseros, neumáticos delanteros y traseros, conjunto de embrague, correas de accesorios, amortiguadores delanteros y traseros, plumillas de limpiaparabrisas, bujías, ampolletas, pilas, fusibles, rotulas, rodamientos de rueda, textiles (funda de cojín de asiento, de respaldo, de reposabrazos y de cabeza), actualizaciones GPS, Aditivos (AdBlue, Eolys), etc.
c) Las vibraciones y ruidos ligados al funcionamiento normal del vehículo y los deterioros derivados del envejecimiento normal del mismo, tales como la decoración, alteración o la deformación de piezas.
d) Las consecuencias directas o indirectas de la ausencia de notificación de la falla o avería por parte del propietario del vehículo ante un Servicio Oficial de la marca, y/o de la ausencia de respuesta del propietario del vehículo al aviso de un Servicio Oficial de la marca de proceder inmediatamente a la reparación de dicho vehículo.
e) Las consecuencias de reparaciones, transformaciones o modificaciones realizadas por empresas que no forman parte del Servicio Oficial Citroën, así como las consecuencias del montaje de accesorios no homologados por el fabricante. Para estos efectos, se presumirá que los accesorios no están homologados por el fabricante, si es que no se incluyen en el Catálogo Oficial de Accesorios Citroën.
f) Las averías o fallas causadas por la negligencia o falta de cuidado, impericia del conductor, utilización defectuosa del vehículo y, en general, aquellas fallas que puedan derivarse directa o indirectamente de no haber cumplido estrictamente por el propietario del vehículo o terceros que lo conduzcan, con las normas e instrucciones de la Guía de Mantenimiento o del Manual de Empleo del vehículo CITROËN adquirido.
g) Las averías o fallas producidas como consecuencia directa o indirecta de la adición de piezas o elementos ajenos al vehículo fabricado, sustitución de piezas de origen CITROËN por otras no provenientes del Fabricante, así como las que resulten de trabajos, reparaciones o intervenciones efectuados fuera de los Servicios Oficiales CITROËN.
h) Los vehículos en los que, cualquiera que sea su forma y propósito, hayan sido transformados (intervenidos con piezas o repuestos no oficiales y/o por servicios técnicos no oficiales de la marca); o aquellos en que se observe que la avería producida es la consecuencia de abuso en el régimen de conducción o por sometimiento a un esfuerzo impropio del vehículo, fuera de las pautas indicadas en el Manual de Empleo.
i) Las fallas o averías ocasionadas por el desgaste normal del vehículo en su totalidad, así como sus piezas individualmente consideradas, así como los daños producidos por golpes, o derivados directa o indirectamente de ellos.
j) Las fallas o averías producidas como consecuencia de aspiración de agua por el motor, producto de transitar por caminos inundados, fuera de los rangos de tolerancia indicados en el Manual de Empleo.
k) Las fallas o averías producidas como consecuencia de la contaminación del combustible, con otros agentes diferentes de los indicados como aptos para el uso del vehículo.
l) Los daños producidos por la utilización de líquidos, piezas o accesorios no originales.
m) Los daños derivados directa o indirectamente de la utilización de carburantes no adaptados o de mala calidad, así como el uso de cualquier aditivo complementario no recomendado por el fabricante.
n) Los daños producidos como consecuencia de fenómenos naturales, tales como: granizo, inundaciones, rayos, tempestad u otros fenómenos atmosféricos.
o) Los daños producidos por accidentes, incendios o robos o circulación por zonas inundadas, y en general toda avería, falla o daño derivada de caso fortuito o fuerza mayor.
p) Cualquier daño cuya rehabilitación no esté prevista de forma específica en la presente Garantía ya sea daños patrimoniales, como los gastos ocasionados por la inmovilización del vehículo (arriendo de vehículos, gastos hoteleros, traslados, vehículos en préstamo, pérdida de productividad laboral, etc.), la pérdida de su disfrute o explotación, o daño moral.
4 Información
4.1 Las intervenciones realizadas a título de la Garantía Contractual no tienen como consecuencia la ampliación de ésta, excepto disposiciones legales contrarias.
4.2 La Garantía Contractual beneficia al vehículo adquirido y no a su propietario. En consecuencia, si el vehículo adquirido es revendido, los sucesivos propietarios se beneficiarán de esta Garantía Contractual hasta su fecha o kilometraje de vencimiento, es decir tres años o 100.000 Km, lo primero que se cumpla, contados desde la fecha en que el vehículo fue entregado a su comprador original y primer propietario, debiendo cada uno de los subsecuentes propietarios del vehículo acreditar que el primer propietario suscribió el presente instrumento, y cumplir con los términos y condiciones de uso de la garantía.
4.3 Los neumáticos están directamente garantizados por el fabricante de los mismos. Sin embargo, el propietario podrá contactar con un miembro del Servicio Oficial CITROËN, quien le asistirá en los trámites necesarios para hacer efectiva la garantía de los neumáticos. Se deja constancia que el plazo de garantía de los neumáticos puede ser inferior al plazo de garantía contractual otorgada por Citroën a sus vehículos.
CONDICIONES GENERALES DE LA GARANTÍA CONTRACTUAL CITROËN PARA LA PINTURAY ANTI-PERFORACIÓN
A. Garantía Pintura
B. Garantía Anti-Perforación